La figura del conserje ha quedado en el pasado para muchos edificios en Venezuela. Este cambio no es casual, en gran parte se debe a la Ley Especial para la Dignificación de Trabajadores Residenciales, que entró en vigencia en 2012 y redefinió las funciones del cargo. La abogada Tibaire Altuve, de micondominio.com, afirma que «la conducta de los condominios cambió a raíz de la modificación de dicho estatuto», que optaron por prescindir del servicio de conserjería y contratar a empresas de limpiezas, rompiendo así cualquier vínculo laboral, o haciendo contrataciones directas.
Altuve explicó que antes de esta Ley el conserje estaba disponible casi a tiempo completo, con funciones que iban desde recibir la correspondencia hasta atender a los proveedores y custodiar el inmueble. “La nueva normativa eliminó todas esas competencias y limitó su labor a la limpieza y el aseo, con una jornada de trabajo regida por la Ley Orgánica del Trabajo, que no incluye sábados y domingos”, indicó.
Según abogada, este cambio generó un dilema para los propietarios, quienes “dejaron de ver la justificación para ceder una vivienda a un trabajador cuyas funciones se habían reducido considerablemente”.
Joselis Pinto, vicepresidenta de una junta de condominio, relató una experiencia sobre el desalojo de un conserje que se había negado a irse, dejando el apartamento en mal estado. “Este episodio llevó a la junta a tomar una decisión definitiva: no volver a contratar un conserje”.
Morela Guerrero, miembro de otra junta de condominio, contó que la decisión de prescindir de la figura se debió a problemas que las personas que ocupaban estas funciones venían ocasionando. “Los conserjes hacían una mala interpretación de las leyes o utilizaban los espacios de manera inapropiada, como un conserje que convirtió la vivienda en una ‘posada’ para cobrarle a personas de fuera”.
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Sin embargo, hay otras juntas de condominio que defienden la figura del conserje y la consideran clave para el mantenimiento y limpieza del inmueble. «En nuestro caso, se trata de una persona de confianza y, por lo tanto, nos hace sentir más seguros en el edificio», dijo un integrante de una junta de condominio que prefirió mantener su nombre en reserva.
Altuve explicó que “en condiciones normales y bajo el dictamen de la ley” es la junta de condominio la que debe convocar a asamblea y verificar o decidir si quieren contratar un conserje o prefieren la contratación de una empresa outsourcing. “La respuesta va a depender de la dinámica de cada comunidad”.
El outsourcing o la contratación directa
Ante la ausencia de conserjes, las juntas de condominio, junto con los propietarios, han explorado dos vías principales para resolver la limpieza y el mantenimiento de las áreas comunes. Entre ellas, la opción de la empresa de servicios, que les permite no contar con una carga laboral directa, por tratarse de servicios outsourcing.
Altuve subrayó que, al contratar una empresa de limpieza, la junta de condominio no tiene responsabilidades en cuanto a prestaciones sociales, pasivos laborales o trámites ante la Inspectoría del Trabajo. “Si el trabajador no cumple con sus funciones, la junta solo tiene que llamar a la empresa para que lo sustituya”..
Al respecto, Joselis Pinto comentó que en caso de ellos se contrató a una empresa que envía a una persona para limpiar de lunes a viernes: “La junta paga directamente a la empresa y, si necesita un servicio adicional, como el bote de basura durante el fin de semana, se le paga un extra al trabajador, sin que esto genere un compromiso laboral para la comunidad”.
Sin embargo, Altuve advierte que las juntas “deben velar por que la empresa contratada cumpla con todas las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores”, ya que, de lo contrario, el condominio podría enfrentar responsabilidades salariales.
Otros condominios han optado por contratar a una persona de forma directa. La junta donde reside Guerrero tomó esta decisión después de una experiencia negativa con una empresa de servicios. En este modelo, el condominio asume directamente la figura de empleador, con todas las responsabilidades que esto implica.
Considera que esta experiencia ha sido “muy positiva”. Su comunidad contrató a una persona que trabaja de 11 am a 5 pm, un horario que se adapta bien a las necesidades del edificio. La junta le da a este trabajador todos los beneficios de ley, asumiendo una relación laboral formal.
El «supervisor de condominio”, un nuevo cargo
La ausencia del conserje, de acuerdo con Altuve, ha tenido un impacto directo en la dinámica de las comunidades. Ya no existe una persona atenta las 24 horas del día para atender cualquier imprevisto. En ese sentido, explicó que “esta falta de atención inmediata llevó a los condominios a crear un nuevo cargo: el supervisor de condominio”.
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“Este profesional se encarga de las funciones que la Ley le prohibió al conserje, como la supervisión de los servicios públicos, el mantenimiento de bombillos, el arreglo de pequeñas averías y la verificación de los ascensores”, sostuvo.
Las juntas de condominio de Pinto y Guerrero también han notado el cambio. Pinto destaca que su nueva modalidad no es «mejor» que la de un conserje, sino la alternativa que encontraron para resolver la limpieza. Guerrero, por su parte, señala que el único inconveniente es la gestión de la basura los fines de semana.
El dilema de mantener o no la figura del conserje
Tibaire Altuve destacó que mantener o no la figura del conserje está muy vinculado al perfil de los propietarios. Las comunidades, por ejemplo, que están conformadas en su mayoría por personas de la tercera edad prefieren la figura del conserje.
“Es la figura primigenia, la que inicialmente se creó en el 58, y las personas tienen una persona de confianza que no solamente haga las labores de limpieza y aseo, que es lo que legalmente le corresponde, sino que también puede ser una persona con la que se puedan hasta tomar un cafecito en las tardes”, dijo.
En contraste, resaltó que, si la comunidad es muy grande, conformada por gente muy joven, “quizá prefieren la idea de una empresa outsourcing que haga labores de mantenimiento. No siempre van a ser las mismas personas, porque la empresa es la que decide qué cuadrilla manda y qué no”.
Esto implica, agregó Altuve, que “la relación es menos personalizada. Es una relación netamente comercial, donde no hay vinculación entre la comunidad y la persona que hace las labores y aseo y limpieza, que es tan importante”.
La decisión también depende de las regiones. De acuerdo con la abogada, en Mérida “es más común y es más frecuente” que en la zona central, como Caracas y Valencia, que tengan conserjes.
“Es más usual que las zonas como Caracas y Valencia tiendan a utilizar las viviendas de consejería para otros fines como, por ejemplo, para que el personal que va a prestar servicio en forma independiente tome las comidas, haga los cambios, tenga un lugar donde reposar, etcétera. Y otros que deciden destinar la conserjería, a falta de conserje, a temas de interés para la comunidad”, apuntó.
Sin embargo, Altuve deja claro que la decisión que se tomen los propietarios y la junta de condominio “va a depender de la conformación de la comunidad, que esto sí es muy importante, y el lugar donde se encuentra”.
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